26 noviembre 2007

Por nuevas Constituciones en América Latina

Una interesante columna publicada en El Clarín, por el sociólogo chileno Manuel Antonio Garretón: vivimos nuevos tiempos en muchos ámbitos de la vida cotidiana, con factores externos que condicionan las soberanías nacionales, e irrupción de nuevas identidades sociales y políticas que buscan su reconocimiento y derecho a la participación. Ha cambiado la relación sociedad-Estado, lo que debe plasmarse en nuevos ordenamientos jurídicos, ratificados por la soberanía popular, que además faciliten la integración regional.

Concuerdo plenamente con los planteamientos de Garretón, incluyendo sus prevenciones respecto a los contenidos de las actuales reformas constitucionales -cuidar que refundan la institucionalidad y no que perpetuen posiciones de fuerza actuales-, a lo que agregaría una mayor mención a la incorporación de los Derechos Humanos políticos, sociales, económicos y culturales como columna vertebral de los nuevos ordenamientos. De este modo no solo se avanza en la resolución de asuntos internos vinculados a la violencia política vivida en las dictaduras militares del Cono Sur en los setenta, sino que establece un horizonte convivencia sobre nuevas bases, que nos abren a integrarnos al mundo de manera distinta a lo que han realizado los países latinoamericanos hasta ahora: no solo integración económica, sino política en materia de respeto y promoción de los derechos humanos de todos y todas.

Slds,
Manuel.
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"América latina necesita nuevas Constituciones"

Por: Manuel Antonio Garretón
Fuente: SOCIOLOGO, UNIV. DE CHILE
El tema constitucional ha estado constantemente atravesando a América latina en las últimas décadas.

Ya fuera porque se salía de autoritarismos que habían impuesto su propia institucionalidad y ello exigía la consagración de un nuevo orden político para la democracia emergente; o porque se salía de guerras civiles o de colapsos institucionales; o porque había que sancionar nuevos acuerdos en la sucesión presidencial; o porque había que inaugurar una nueva época, lo cierto es que las reformas constitucionales, las nuevas constituciones o las Asambleas Constituyentes han sido una de las cuestiones principales en los procesos políticos de la región.

Quizás uno de los principales méritos de algunos gobiernos sea el haber puesto este tema como el principal desafío y principio de movilización popular en un momento en que la política perdía importancia o centralidad.

Y, asimismo, el principal déficit de algunos gobiernos que recuperaron su democracia en los noventa es no haber impulsado un proceso que generara una Constitución de reemplazo a la que impusieron los autoritarismos.

Una evaluación de largo plazo y no coyuntural de este fenómeno lleva, sin duda, a valorar el hecho que en determinados momentos las sociedades se replanteen la forma de convivencia que quieren asumir. Ello, especialmente en momentos de cambios evidentes de época, tanto en lo que se refiere a: la exaltación de antiguos y nuevos derechos y deberes de los y las ciudadanas —incluyendo el reconocimiento del principio de género—, como en lo que se refiere a los fundamentos del orden político que han sido removidos o redefinidos a partir no sólo de los cambios de régimen sino de los procesos de globalización; las nuevas relaciones entre gobiernos locales y central; la explosión de identidades y la pluralidad cultural con la irrupción de pueblos originarios que buscan su autonomía e inclusión; la emergencia de poderes fácticos nacionales y transnacionales, económicos y mediáticos que afectan la soberanía y necesitan regulación; la conformación de bloques para enfrentar la mundialización; los cambios en la relación entre poderes del Estado y las insuficiencias del presidencialismo exacerbado así como la emergencia de nuevas formas de participación ciudadana y la necesaria institucionalización de partidos y coaliciones.

Es evidente que estas transformaciones obligan a revisar los ordenamientos constitucionales que se hicieron para otros tiempos y que no dan cuenta de los nuevos problemas y valoraciones.

En términos estrictos, estamos en una época que requiere una nueva Constitución para cada uno de nuestros países. Hay que reconocer que varios de ellos ya lo han asumido y la han elaborado. Porque las simples reformas que no cuestionan o redefinen los fundamentos de las antiguas Constituciones parecen claramente insuficientes y llevan a procesos permanentes o interminables que las convierten en una suma de parches y desfiguran sus ejes y principios fundamentales.

Sin perjuicio de que las nuevas constituciones dejen abiertas las posibilidades de reformas en el futuro, hay un "momento constitucional" fundacional indispensable. Ello suele expresarse en la forma de Asambleas Constituyentes, las que parecen ser una de las mejores formas de asegurar participación ciudadana sobre todo cuando incluyen espacios descentralizados o formas de consulta directa más allá de las fórmulas representativas, como fue el caso, por ejemplo de Brasil.

Pero, sin fetichizar los mecanismos porque pueden ser diferentes según las oportunidades que en cada país ofrece la institucionalidad vigente para ser modificada, el principio indiscutible es que tiene que haber una instancia o momento de participación o ratificación popular que haga que los ciudadanos y ciudadanas sientan que se trata de "su" Constitución. Si no es así, ésta será siempre algo abstracto por lo que no se siente ni interés ni adhesión afectiva, elemento indispensable de una mínima cohesión nacional.

Aclarada la indispensabilidad de un nuevo momento constitucional, cabe reflexionar sobre los riesgos o los abusos que en esta materia se puedan cometer. Y quizás el mayor de estos riesgos y abusos consiste en buscar transformar la correlación de fuerzas vigente en un determinado momento o las posiciones personales como la figura presidencial o los climas culturales y estados de ánimos coyunturales, en el orden definitivo y permanente consagrado por la constitución.

Ello no sólo por parte de los sectores que gozan de una mayoría temporal, sino también de minorías defensivas que otorgan concesiones a cambio de mantener una pequeña cuota simbólica o material de poder. Y esto ocurre tanto en las fórmulas de reforma constitucional, por ejemplo, con la cuestión de los períodos presidenciales y de sus eventuales re-elecciones, como en las fórmulas de Asamblea Constituyente, en las que una eventual mayoría circunstancial impone su propio proyecto de sociedad sin la incorporación de la pluralidad o de la posibilidad futura de cambio.

Si son las nuevas relaciones que se establecen entre Estado y sociedad y la redefinición de los proyectos nacionales en el mundo globalizado lo que está detrás de las nuevas Constituciones y de las diversas fórmulas al respecto, cabe también pensar en un aspecto no suficientemente destacado en los nuevos órdenes constitucionales. Este es la apertura a principios de integración de la región, lo que sin duda debe llevar a redefinir ámbitos de soberanía nacional.

A la larga, no habrá real integración si no se considera la dimensión política y la institucionalidad en esa dirección. Los momentos constitucionales de cada uno de nuestros países debieran ir preparando la creación de una institucionalidad política a nivel de la región.

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